Cumplimiento Normativo
Modelo de Prevención de Delitos
El Modelo de Prevención de Delitos (MPD) es un sistema de gestión de riesgos legales y de cumplimiento normativo que formaliza un conjunto de políticas, directrices, herramientas y actividades de control destinadas a mitigar el riesgo de comisión de delitos dentro de los procesos y actividades de SIP Red de Colegios. En ese sentido, su importancia radica en la prevención de la comisión de delitos que puedan generar responsabilidad penal para la Institución, conforme a la Ley N°20.393.
El Modelo de Prevención de Delitos constituye una gran política de cumplimiento obligatoria para todos aquellos que mantengan alguna relación con SIP Red de Colegios, sin distinción de la naturaleza o duración de dicha relación contractual. Para ello, ponemos a disposición un canal para denunciar incumplimientos a las directrices mencionadas a continuación.
¿Necesitas hacer una denuncia? Ingrésala en el siguiente enlace:
preguntas frecuentes
¿Quién puede utilizar este canal?
Cualquier miembro de nuestra comunidad: funcionarios, docentes, personal administrativo, estudiantes, apoderados, proveedores o colaboradores externos que tengan conocimiento de una irregularidad. Además, podrá ser utilizado por terceros.
¿Es realmente anónimo el proceso?
Sí, pero voluntario. El sistema permite realizar denuncias sin ingresar nombre ni datos de contacto.
Técnicamente, el formulario de denuncias está configurado para no rastrear la dirección IP de su computador o dispositivo móvil, garantizando que el anonimato sea absoluto si usted así lo decide.
¿Qué tipo de hechos puedo denunciar aquí?
Este canal está diseñado para reportar conductas que infrinjan la ley o nuestros valores, tales como:
- Delitos Ley 20.393: Cohecho, lavado de activos, financiamiento del terrorismo o delitos económicos.
- Infracciones de Ética: Conflictos de interés, uso indebido de recursos institucionales o fraude.
¿Qué pasa si no tengo pruebas físicas (fotos o documentos)?
No es obligatorio adjuntar archivos para iniciar una denuncia. Sin embargo, mientras más detalles entregue (fechas, lugares, nombres de testigos), más efectiva será la investigación. La descripción precisa de los hechos es fundamental.
¿Tengo protección contra represalias?
Sí. Nuestra Política de Prevención de Delitos prohíbe cualquier tipo de represalia (despidos, cambios de funciones, hostigamiento, etc.) contra quienes realicen denuncias de buena fe.
¿Quién recibe mi denuncia y quién la investiga?
La denuncia será recibida directamente por el Oficial de Cumplimiento, quien estará a cargo de realizar la investigación de conformidad con el procedimiento general de denuncias.
¿Existen plazos para recibir una respuesta?
Recibida la denuncia el Encargado de Prevención de Delitos tendrá un plazo de 5 días para determinar la admisibilidad de la denuncia e iniciar la investigación.
Desde la recepción de la denuncia se contará con 60 días corridos para realizar la investigación y evacuar el informe final. El plazo señalado previamente podrá prorrogarse hasta por 60 días adicionales, atendiendo a la complejidad del caso y a las pruebas que se deban recabar. El Investigador deberá notificar a los involucrados de la prórroga del plazo de investigación.
En caso de que el Encargado de Prevención de Delitos determine, según la denuncia recibida, que se trata de una investigación calificada, deberá informarlo al Gerente General, el cual será el encargado de determinar si la investigación cumple con las características que la cataloguen como calificada. La investigación en estos casos se realizará de acuerdo con el procedimiento general de investigación, pero tendrá un plazo más acotado en cuanto a la investigación se refiere. Así, el investigador seleccionado dispondrá de 40 días corridos para la realización de la investigación y la entrega de su informe.